La Municipalidad de La Fada incorpora beneficios adicionales a los establecidos por los regímenes de promoción de la EDC, tanto a nivel nacional como provincial.
Ordenanza Impositiva 3577 – Artículo 87 – inciso r.
Los inmuebles de las empresas desarrolladoras de tecnología radicadas en nuestra localidad estarán exentos del pago de la tasa retributiva de servicios a la propiedad.
Ordenanza Impositiva 3577 – Artículo 112 – inciso q.
Las empresas desarrolladoras de tecnología radicadas en nuestra localidad estarán exentas del pago de la Tasa de Servicios de Inspección General e Higiene que inciden sobre la actividad comercial.